Leyes Federales: Son reglamentarias de los preceptos constitucionales y obligan a sus cumplimiento en todo el territorio de la República; son creadas por el Congreso de la Unión.
Leyes Internacionales: Son compromisos o acuerdos que celebran dos o más Estados, con objeto de resolver problemas de interés común a las entidades políticas contratantes.
Leyes Ordinarias: No emanan directamente de los preceptores constitucionales y sólo tienen vigencia en la entidad federativa para la cual fueron elaboradas.
Decreto: Disposiciones del poder ejecutivo relativas a las distintas ramas de la administración pública, los cuales deben estar firmadas por el secretario de Estado a cuya competencia corresponda el asunto, por tener fuerza obligatoria.
Reglamento: Disposición del poder ejecutivo que tiene por objeto aclarar, desarrollar o explicar los principio generales contenidos en la ley a la que se refiere.
Normas Jurídicas Individuales: Son actos que comprometen la voluntad y los intereses de un número y los intereses de un número siempre limitado de personas, y a veces se refiere a una sola persona.
- Sentencia: Resolución, fundada en Derecho, pronunciada por un juez o por un tribunal, por la cual se deciden cuestiones planteadas por las partes en un juicio, poniendo fin a éste.
- Contrato: Acuerdo de voluntados entre dos o más personas para crear o transferir determinadas obligaciones y derechos. Sólo compromete la voluntad y los derechos de quienes han intervenido en su celebración.
- Resolución administrativo: Desiciones de autoridad gubernativa por las que se impone a un particular una obligación, o bien se le concede o se le niega determinada autorización.
- Testamento: Es una cto personal, no es admisible la actuación de un apoderado o representante, solamente puede hacerse aparecer la última voluntad de un individuo, es revocable (se puede modificar) y es libre.
No hay comentarios:
Publicar un comentario